miércoles, 12 de agosto de 2009

LEY 99

ARTICULO 7
DIVERSIDAD ECNICA Y CULTURAL DE LA NACION
Establece como objetivo la proteccion de las etnias y las cultural que en su gran mayoria cuidan su entorno
ARTICULO 8
RIQUEZAS CULTURALES Y NATURALES DE LA NACION
Es obligacion del estado y de todos los seres humanos ayudar a cuidar y a conservar nuestras riquezas naturales y culturales
ARTICULO 49
ATENCION DE LA SALUD Y SANEAMIENTO AMBIENTAL
Es deber del estado organizae y establecer medidas de proteccion para sus ciudadanos la atencion basicva de salud y saneamiento ambiental
ARTICULO 58
FUNCION ECOLOGICA DE LA PROPIEDAD PRIVADA
La propiedad es una funcion social que implica tener obligaciones y es necesario tener una funcion ecologica
ARTICULO 63
BIENES DE USO PUBLICO
Lo bienes de uso publico son patrimonio y uso de todos los ciudadano que determine estar en ellos para su uso y proteccion
ARTICULO 79
AMBIENTE SANO
Este articulo nos habla que todos los seres humanos tenemos derecho a un ambiente sano el cual debemos encargarnos de cuidar
ARTICULO 80
PLANIFICACION DEL MANEJO Y APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES
Este es un deber del estado el cual debe planificar manejar y aprovechar los recursos naturales para garantizar un desarrollo que puede ser sostenible en la conservacion restauracion o sustitucion

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